
114 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 4 de junio de 2010
ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción
Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Unión
Hidalgo, Juchitán, Oaxaca.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A
LA PRODUCCION INDIGENA, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009, EN ADELANTE “EL PROGRAMA”, QUE
CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR
LA C. CONCEPCION RUEDA GOMEZ, EN SU CARACTER DE DELEGADA ESTATAL EN OAXACA A LA QUE EN LO
SUCESIVO SE DENOMINARA “LA COMISION”, Y EL MUNICIPIO DE UNION HIDALGO, JUCHITAN, OAX.;
REPRESENTADO POR LOS CC. C.P. RUFINO ORTEGA MATUS, LIC. JUAN LOPEZ VILLALOBOS Y PROFR. ROBERTO
LOPEZ REGALADO, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL Y
TESORERO MUNICIPAL; AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA EJECUTORA”; Y A TODOS ESTOS
CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA “LAS PARTES”, DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR
DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la
obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo regional de las
zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de
vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno, con la
participación de las comunidades.
II. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca señala que las autoridades estatales
garantizarán el desarrollo integral de los pueblos indígenas y velarán por la atención de sus
demandas con pleno respeto a su cultura y promoverán acciones para su beneficio.
III. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con
objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos
públicos, entre los que se encuentran los de “EL PROGRAMA”, deberán sujetarse a “LAS REGLAS
DE OPERACION” que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.
IV. El Plan Nacional de Desarrollo en su Eje 3 igualdad de Oportunidades, numeral 3.4 Pueblos y
Comunidades Indígenas establece la necesidad de incorporar plenamente a los pueblos y
comunidades indígenas al desarrollo económico, promoviendo que todas las dependencias, en sus
ámbitos de competencia, se hagan responsables y actúen decididamente. Para ello es necesario
consolidar mecanismos de coordinación con los gobiernos estatales, municipales y con las
organizaciones indígenas para el diseño y operación de los programas dirigidos su desarrollo,
apoyando proyectos productivos de las comunidades indígenas, lo cual alentará en un contexto
favorable la promoción de inversiones en las regiones indígenas para generar condiciones
de empleo.
V. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 28 que los
programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo
18, considerándose dentro de ese documento a los Programas de “LA COMISION”.
VI. Con fecha 29 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de
modificación a las Reglas de Operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas,
Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas
Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Organización Productiva para Mujeres Indígenas,
Promoción de Convenios en Materia de Justicia, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas e
Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, en lo sucesivo “LAS REGLAS DE
OPERACION”.
VII. “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” establecen como objetivo general el de
mejorar los ingresos de la población indígena, incrementando la producción de las actividades
económicas, mediante la instalación de proyectos productivos sustentables surgidos con el consenso
de los indígenas.
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