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Viernes 4 de junio de 2010 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87
d) Las solicitudes que sean entregadas con posterioridad al plazo límite establecido, o que no sean
acompañadas con el material correspondiente, serán consideradas extemporáneas, por lo que no
serán contempladas sino hasta la siguiente etapa del proceso electoral correspondiente.
CUARTO. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos elaborará un padrón de todas las
autoridades electorales en el país, y mantendrá comunicación constante con éstas, con el fin de conocer
sus necesidades de tiempos del Estado en radio y televisión.
QUINTO. Se instruye al Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral para que notifique el presente
Acuerdo a las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales, del país.
SEXTO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 24 de marzo
de dos mil diez, por votación unánime de los Consejeros Electorales Maestro Virgilio Andrade Martínez,
Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Doctora María Macarita Elizondo Gasperín, Maestro Alfredo Figueroa
Fernández, Licenciado Marco Antonio Gómez Alcántar, Doctor Francisco Javier Guerrero Aguirre, Doctor
Benito Nacif Hernández, Maestro Arturo Sánchez Gutiérrez y el Consejero Presidente, Doctor Leonardo
Valdés Zurita.
El Consejero Presidente del Consejo General, Leonardo Valdés Zurita.- Rúbrica.- El Secretario del
Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el catálogo de las estaciones
de radio que participarán en la cobertura de la elección extraordinaria de los miembros de los ayuntamientos de
los municipios de Lamadrid y Juárez del Estado de Coahuila; se ordena su difusión; se determina el tiempo que se
destinará en radio a los partidos políticos durante los periodos de precampaña y campaña de dicho proceso
comicial, y se asignan tiempos a las autoridades electorales para el cumplimiento de sus fines de conformidad con
el artículo 74, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.-
Consejo General.- CG102/2010.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL
CATALOGO DE LAS ESTACIONES DE RADIO QUE PARTICIPARAN EN LA COBERTURA DE LA ELECCION
EXTRAORDINARIA DE LOS MIEMBROS DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS MUNICIPIOS DE LAMADRID Y JUAREZ
DEL ESTADO DE COAHUILA; SE ORDENA SU DIFUSION; SE DETERMINA EL TIEMPO QUE SE DESTINARA EN
RADIO A LOS PARTIDOS POLITICOS DURANTE LOS PERIODOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA DE DICHO
PROCESO COMICIAL, Y SE ASIGNAN TIEMPOS A LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA EL CUMPLIMIENTO
DE SUS FINES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 74, PARRAFO 4 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES
Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.
ANTECEDENTES
I. El trece de noviembre de dos mil siete, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto
que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo
al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual entró en vigor al
día siguiente de su publicación en términos de su artículo transitorio primero.
II. El doce de diciembre de dos mil siete, mediante oficio número SE/2314/07, se solicitó a la Dirección
General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación que transmitiera un
comunicado a las radiodifusoras y televisoras que operan en la República Mexicana relacionado
con la entrada en vigor del Decreto de reforma constitucional. Adicionalmente, se solicitó la
información siguiente: i) Las bases de datos con los listados de estaciones de radio y canales de
televisión del país por tipo de programación, incluyendo sus direcciones, correos electrónicos, así
como el directorio de sus representantes legales; ii) Los expedientes por radiodifusora sobre el
estado que guardaba el trámite de apertura de tiempos para los programas de los partidos políticos,
y iii) Los catálogos por emisora y/o barras programáticas modelo en las que dicha Dirección
General pautaba los mensajes de comunicación social del Estado.
III. El veintiséis de diciembre de dos mil siete, mediante oficio número DG/11360/2007, la citada
Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía proporcionó al Instituto Federal Electoral
la información relativa a los concesionarios y permisionarios de radio y televisión: domicilios,
correos electrónicos, representantes legales, entre otras cuestiones. Asimismo, remitió en un disco
compacto las barras programáticas solicitadas mediante el oficio aludido en el antecedente previo.
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